Nuestra Ecai

ASOCIACION MOTIVACION FAMILIA Y RECURSOS MATRIMONIALES
(AMOFREM)
AMOFREM es una ONG, apolítica y aconfesional, SIN ANIMO DE LUCRO, orientada a la protección de la familia y los menores, tal y como definen nuestros estatutos, la cual estima que la familia es el núcleo básico de la sociedad y que, por tanto, ha de ser motivada y amparada para la formación de individuos que aporten a la sociedad una personalidad dinámica, creativa, productiva y solidaria. En ese sentido, la Asociación considera esencial la protección de los menores, la formación de las personas, familias y grupos sociales, el desarrollo de la excelencia de las relaciones humanas, y la cooperación al desarrollo de los países.
En este momento en el que la Institución familiar está sufriendo grandes cambios, la adopción, y sobre todo la adopción internacional ha cambiado el actual panorama.
Con la adopción internacional se ha abierto no solo la necesidad de cubrir la paternidad puramente biológica, si no de solidaridad y de amor a los menores y también al país de los menores.
Las familias que adoptan, no solo se comprometen a procurarles todos los cuidados que necesita un menor, sino que previamente se han comprometido solidariamente con todos los que quedan allí, que por su extrema pobreza, enfermedad u otras causas, necesitan todo el apoyo de los que tienen la suerte de encontrar unos padres.
La Asociación en cuanto Entidad Colaboradora de Adopción Internacional quiere desempeñar sus funciones desde un prisma humanitario en la búsqueda de países donde la protección de los menores resulte más necesaria, en donde es urgente luchar por la vida de los niños.
Según convenio de la Haya el niño debe crecer en un medio familiar, en un clima de felicidad, amor y comprensión, y solo se justifica la adopción internacional, si ello supone una ventaja de dar al menor una familia permanente a un niño que no puede encontrar una familia adecuada en su estado de origen.



FILOSOFIA Y FINES SOCIALES
FINES SOCIALES:

1º- Fomentar en la sociedad y, en especial, en el ámbito familiar, la actitud mental positiva.
Sobre todo a través de la formación de las personas y de las familias, en materias relativas a la comunicación y a las relaciones humanas.
2º- Estudiar desde el punto de vista interdisciplinar las relaciones humanas en el ámbito socio-familiar. En este sentido, se colaborará con otras Asociaciones y Entidades afines para llevar a cabo programas de investigación y puesta en común de experiencias de trabajo.
3º- Favorecer la resolución de los conflictos sociales y familiares, mediante el desarrollo de programas de mediación familiar, social o comunitaria. Para ello se propondrá a las entidades públicas y privadas de la sociedad nacional e internacional la puesta en práctica de estos programas.
4º- Proteger a la familia o cualquier otro grupo social, y en especial, a los menores. Participar en la aplicación  de prestaciones de Servicios Sociales en el ámbito familiar y de Protección del Menor de acuerdo con lo previsto en los Convenios Internacionales suscritos por España y demás normas de Derecho internacional y nacional en esta materia. El desarrollo de esta tarea se realizará por la Asociación como Entidad Colaboradora en materia de integración familiar, adopción, acogida o acogimiento, nacionales o internacionales, prevención de la violencia familiar y social, apoyo a personas y grupos en dificultad social, u otro tipo de colaboración, en el mencionado ámbito, con la Administración Pública competente. En este sentido, la Asociación es una Entidad privada sin ánimo de lucro que actúa como Entidad Colaboradora para la adopción internacional en el ámbito de su territorio. Igualmente ejerce funciones como Entidad Colaboradora de Integración Familiar.
5º- Cooperar al desarrollo de los países que carecen de los mínimos medios de vida, en especial, mediante la elaboración y puesta en práctica de programas de atención a la infancia y la familia, o a cualquier persona o colectivo que se halle en dificultad social.
6º- Ofrecer a sus asociados servicios, en relación a los fines antes indicados, para su desarrollo  personal, familiar, social, profesional o empresarial. Igualmente, se les ofrecerá espacios de ocio y tiempo libre. A estos efectos, la Junta Directiva proveerá a la creación de dichos servicios.

SERVICIOS:

1.      En materia de Adopción Internacional.
2.      Cooperación al desarrollo.
3.      Mediación familiar.

1.      En materia de Adopción Internacional:

·         Introducción
Nuestra entidad, desde el  año 1997 viene realizando las funciones de mediación en materia de adopción internacional con países como Etiopía, Bolivia y Colombia, contando con un equipo interdisciplinar con formación específica en adopción internacional.
 En estos momentos, no se realizan trámites en materia de adopción internacional para Colombia.
Con respecto a Bolivia, la Entidad está a la espera de la firma del Convenio Marco por parte de Bolivia, hasta entonces no se admiten nuevos expedientes de adopción internacional en este país.
En estos momentos se realizan trámites de Adopción Internacional con Etiopía con normalidad.
·         Servicios
Ø  Servicio de atención personalizada, telefónica y telemática, de información, asesoramiento y gestión de la documentación, así como de la situación del expediente cuando así se demande por los futuros padres que van a adoptar y coordinación con el Servicio del Menor.
Ø  Información periódica de los posibles cambios de normativa tanto de la legislación española como del país del adoptado desde que se inició el expediente.
Ø  Legitimaciones y legalizaciones de la documentación en los diversos organismos oficiales, tanto en España como en el país de origen del menor (inscripción de la adopción y obtención del pasaporte); y traducciones en el caso de Etiopia.
Ø  Curso formativo para la preparación de padres en el caso de Bolivia (16  horas por persona), y en el caso de Etiopia Jornada Formativa.
Ø  Remisión del expediente a los distintos países autorizados, una vez finalizada la gestión del expediente de adopción internacional en España (coordinación con el/la representante, abogado, con el Servicio del Menor y con los distintos Juzgados de Familia). 
Ø  Recepción del país de origen del menor a través del representante del documento de pre asignación del menor con todos los requisitos exigidos por el Decreto 46/2006 de 28 de abril y demás legislación concordante que sea de aplicación.
Ø  Información del órgano directivo competente en materia de protección de menores de la pre asignación del menor a fin de que se otorgue su aprobación o no. Y con posterioridad informar a los interesados de la pre asignación para que se pronuncien sobre la aceptación o no del menor para su adopción.
Ø  Presentación a través del representante en el país los documentos de aceptación, tanto de la Entidad Pública como el de los solicitantes.
Ø  Antes del viaje de los solicitantes asegurarse de que los mismos llevan al país toda la documentación necesaria para la entrada legal del menor en España de modo que se reconozca plenamente la sentencia de adopción.
Ø  Información a los interesados del momento en que deberán viajar según la legislación vigente de cada país.
Ø  Otros servicios de apoyo para el viaje.
Ø  Actuaciones posteriores, una vez constituida la adopción, tales como comunicar al órgano competente de protección de menores de la constitución de la adopción así como la llegada del menor, enviándole una copia de la resolución de la adopción; seguimiento de los  menores adoptados (gestiones en España y en país de procedencia del menor adoptado) con la periodicidad que sea procedente legalmente; asesoramiento a los adoptantes en el tema de la inscripción ante el Registro Civil Central en el caso de que no se hubiera hecho ante la autoridad consular.
Ø  Las informaciones al órgano directivo competente en materia de protección de menores que legalmente se exigen.